15.3.11

DISPOSICIONES DE SEGURIDAD Y SALUD EN PROYECTO

Según el RD 1627/97, de 24 de octubre, sobre disposiciones mínimas de SyS en las obras de construcción.
Designación de los coordinadores(CSS): son designados por el promotor cuando intervengan más de un contratista, empresas o autónomos antes del inicio de la obra.
Puede recaer en la misma persona el CSS en fase de proyecto y en fase de ejecución.
Su designación no exime al promotor de sus obligaciones y responsabilidades en seguridad.
Obligatoriedad del Estudio de seguridad y salud(ESS) y del Estudio básico de seguridad y salud(EBSS): se require hacer ESS o EBSS cuando es necesario hacer un proyecto para la obra. El ESS se tiene que hacer si se da uno de los siguientes condicionantes:
- el presupuesto de contrata es mayor de 75 millones de pesetas(450.759,08 €).
- la duración de la bra es más de 30 días laborales o intervienen más de 20 trabajadores.
- el volumen de mano de obra supera los 500 días de trabajo.
- en obras de túneles, galerías, obras subterráneas y presas.
En el caso de que no se de ninguna de estas premisas sólo se requiere el EBSS.
Estudio de seguridad y salud: es un documento coherente con el proyecto, de ahí que sea una parte más del mismo, que contiene las medidas de prevención de acuerdo a las técnicas constructivas previstas.
Contempla la totalidad de las actividades.
Si no se supiesen estas técnicas, se hará uno con lo que se disponga y se completará conforme se vaya teniendo conocimiento de las mismas.
Debe ser el documento preventivo esencial junto con el proyecto que tendrá en cuenta la prevención desde el origen y contendrá la planificación de los trabajos en obra.
Se elabora por un técnico competente, arquitecto o arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico, entiendo que el facultativo que puede hacer el proyecto también puede hacer el ESS.
En la fase de proyecto, le corresponde al CSS en esta fase si fuese necesario.
Documentos que debe contener:
- memoria descriptiva de procedimientos, equipos y mediaso auxiliares con identificación de riesgos, medidas preventivas, riesgos no eliminados, y medidas para reducir estos riesgos no eliminados, servicios sanitarios necesarios. Se debe tener en cuenta el entorno.
- pliego de condiciones técnicas particulares.
- planos.
- mediciones.
- presupuesto.
En el presupuesto, el contratista puede cambiar las unidades y mediciones si se justifica que se mantiene el mismo nivel de seguridad y nunca se puede disminuir el presupuesto, sólo se puede modificar hacia arriba.
Debe localizar e identificar los riesgos del anexo II y las medidas para reducirlos y prevenirlos.
Debe incluir las medidas de seguridad previstas para realizar los trabajos posteriores a los de la obra en sí, los de mantenimiento y conservación posteriores.
Estudio básico de seguridad y salud: e realiza por técnico competente, como en el caso del ESS.
Debe precisar las normas de seguridad y salud, identificación de los riesgos, medidas preventivas para eliminarlos, enumeración de los riesgos no evitables, su valoración y las medidas propuestas para su control.
Debe incluir las medidas de seguridad previstas para realizar los trabajos posteriores a los de la obra en sí, los de mantenimiento y conservación posteriores.
Plan de seguridad y salud(PSS): en aplicación del ESS o del EBSS cada contratista debe realizarlo en función de sus propios sistemas de trabajo y de su personal para la obra.
Puede frecer medidas alternativas a la de los documentos citados con una valoración de las mismas y sin poder reducir ni los niveles de seguridad ni el presupuesto de los mismos.
Cada contratista debe realizar el suyo, si hay más de un contratista. Se producen interferencias que debe solucionar el CSS.
Su aprobación se produce antes del inicio de la obra por el CSS.
En obras de la administración pública el CSS realiza un informe que se eleva a la aprobación por parte de órgano de la administración que realiza la obra.
En caso de que no sea necesaria la figura del CSS el encargado de la aprobación es la dirección facultativa.
El PSS es el documento básico de ordenación de las actividades a realizar, con una evaluación y valoración de riesgos y la planificación de la obra.
Se puede modificar a lo largo de la obra cuando sea necesario, siempre bajo la aprobación del CSS.
Cualquiera que vaya a intervenir en la obra puede realizar sugerencias y presentar alternativas motivadas.
Este documento debe estar en obra en poder del CSS.
Principios generales aplicables al proyecto:
- evitar los riesgos.
- evaluar los que no se puedan evitar.
- combatir los riesgos en su origen.
- adaptar el trabajo a la persona.
- tener en consideración la evolución de la técnica.
- sustituir lo peligroso por lo que no lo sea.
- planificar la prevención.
- anteponer las medidas colectivas a las individuales.
- instruir a los trabajadores.
Y hacer esto, sobre todo:
- al tomar decisiones constructivas, técnicas y de organización.
- al realizar la planificación.
Al realizar el PSS se debe tener en cuenta las medidas de prevención y demás consideraciones realizadas en el ESS o EBSS.
El CSS es el responsable de que se lleve a cabo lo dispuesto en el PSS.
Obligaciones del coordinador de Seguridad:
- coordinar la aplicación de los principio generales.
- coordinar las actividades de obra para la aplicación de los principios generales.
- aprobar el PSS.
- organizar la coordinación de las actividades empresariales.
- coordinar las acciones y su control de aplicación de las actividades preventivas.
- poner las medidas para el control de acceso a obra.
Principios generales en fase de ejecución: en general se deben tener en cuenta los principios generales enumerados enteriormente y, en particular:
- mantenimiento de orden y limpieza.
- emplazamiento adecuado de puestos y áreas de trabajo.
- manipulación correcta de cargas.
- mantenimiento de las instalaciones.
- delimitación de almacenes.
- recogida de materiales peligrosos.
- evacuación de escombros.
- planificación de obra.
- cooperación entre empresas y autónomos.
- incompatibilidades entre actividades.
Obligaciones de contratistas y subcontratistas:
- aplicar los principios de la actividad preventiva.
- hacer cumplir a su personal el PSS.
- cumplir la normativa.
- formar e informar a los autónomos.
- atender las indicaciones los CSS.
Son responsables de la correcta ejecución de las medidas del PSS.
Responsabilidad solidaria.
Oblgaciones de los trabjadores autónomos:
- aplicar los principios de la actividad preventiva.
- cumplir las disposiciones mínimas de seguridad y salud.
- cumplir las obligaciones en prevención.
- ajustarse a la coordinación de las actividades empresariales.
- utilizar correctamente los equipos de trabajo.
- utilizar los equipos de protección individual.
- atender las indicaciones del CSS.
Libro de incidencias: es un libro para controlar y hacer el seguimiento del PSS.
Debe contener hojas por duplicado.
Lo facilita el colegio del técnico que aprueba el PSS o la oficina de supervisión de proyectos en casos de obras de la administración pública.
Debe estar en poder del CSS o de la dirección facultativa.
Tiene acceso al libro de incidencias la dirección facultativa, los contratistas, los subcontratistas, los trabajadores autónomos, las personas con responsabilidad en prevención, el representante de los trabjadores y los organizadores de la prevención de la administración.
Efectuada una anotación en el libro de incidencias se debe notificar al CSS que en el plazo de 24 horas lo debe remitir a la ITSS de la provincia, así como informar al contratiasta afectado y al representante de los trabajadores.
Paralización de los trabajos: si se incumplen las medidas por el coordinador o la dirección facultativa, estos advierten al contratista y lo refejan en el libro de incidencias. En los caso de riesgo grave e inminente se pueden paralizar los trabajos, se notifica al ITSS y al representante de los trabajadores.

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